Permisos para contenedores y sacos de escombros

Cada ciudad dispone de una normativa que cumplir en materia de permisos para situar sacos y contenederos en la vía pública.

Por ejemplo, la normativa en la ciudad de Madrid, establece que la instalación por parte de una empresa o particular de un contenedor o saco para residuos de construcción y demolición en zona de estacionamiento de vehículos en la vía pública ( zona verde o azul), debe ser comunicada con anterioridad en 10 días al Ayuntamiento de Madrid.

  • El Órgano gestor es la Dirección General de Calidad y Evaluación de Gestión Ambiental Urbana del Ayuntamiento de Madrid, a través del Departamento de Explotación de Recogida de Residuos
  • La inscripción de la solicitud debe realizarse en un plazo de 10 días antes de la ocupación de la vía. Se puede presentar de manera presencial y por correo en las oficinas municipales de Registro – Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes.
  • Debe pagarse por el permiso mediante autoliquidación y pago en entidades bancarias autorizadas.
  • Los importes son variables en función del tipo de vía.
  • La documentación necesaria consta del documento de permiso y el justificante de pago de la autoliquidación.
  • Algunos datos específicos al respecto:
    • La colocación de contenedores o sacos deberán encontrarse ocupando plaza de aparcamiento autorizado, sin sobresalir de la línea formada por los vehículos perfectamente estacionados.
      No podrán colocarse contenedores ni sacos en viario restringido por eventos (fiestas, actos religiosos, celebraciones deportivas, etc). La instalación no podrá prolongarse más del plazo comunicado.

ALContenedor también puede tramitar el permiso en tu nombre, puedes consultarnos al respecto. Utiliza nuestro formulario de contacto.